Mucha gente sabe que es obligatorio llevar los triángulos, o el chaleco reflectante mientras circulamos en España con nuestro vehículo. Pero es importante conocer que existen otros elementos que debemos llevar obligatoriamente según la Dirección General de tráfico, la DGT.
En este artículo te vamos a contar cuáles son los elementos obligatorios que debemos llevar siempre en tu vehículo para evitar sanciones.
Chaleco reflectante
Llevar y hacer un uso correcto del chaleco reflectante en la calzada o en el arcén de las vías interurbanas es obligatorio. Debe estar homologado y deberías llevarlo siempre a mano en el habitáculo, nunca en el maletero porque debemos garantizar que en cuanto salimos del coche, lo llevaremos puesto. Te recomendamos que lleves un segundo chaleco reflectante para tu compañero, aunque no sea obligatorio. En el caso de que no lleves el reglamentario, pueden ponerte una multa de hasta 200 euros.
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Triángulos de emergencia
Es obligatorio llevar 2 triángulos homologados para señalizar el vehículo inmovilizado en la calzada. Si no los llevas, te enfrentas a una multa de hasta 200 euros. La norma de circulación te indica cómo debes ponerlos:
En vías de doble sentido deberás colocar 2 triángulos, uno delante y otro detrás
En vías de un único sentido, deberás colocar sólo 1 triangulo detrás
En ambos casos deberás situarlos a una distancia de 50 metros de tu coche y deben ser visibles a una distancia de 100 metros.
Pegatina ITV
Aunque tu coche haya superado la revisión de la ITV, si no llevas la pegatina de la ITV en la luna delantera, pueden sancionarte de hasta con 100 euros. Debes ponerla en la esquina superior derecha, bien visible.
Rueda de repuesto
Debes llevar una rueda de repuesto, temporal o no, y también todas las herramientas necesarias para cambiarla o algún otro sistema alternativo, como puede ser un kit repara pinchazos que incluya todo lo necesario para su reparación. Si no cumples, te enfrentas a una posible sanción de hasta 200 euros.
Juego de bombillas de repuesto
Para garantizar que en el caso de que se funda una luz, puedas sustituirla y no circular sin luces. Es importante que sean luces reglamentarias y homologadas.
Cadenas para la nieve
La ley no obliga a que lleves en el vehículo un juego de cadenas para la nieve o su equivalente en fundas textiles ni neumáticos de inverno M+S. No obstante, si circulas frecuentemente por zonas de montaña con alta probabilidad de nieve, el hecho de no llevarlas puede ser motivo de una sanción de hasta 200 euros.
Resguardo del seguro
No es necesario que lleves en el coche la póliza de seguro, ni el resguardo del seguro, ya que, en la actualidad, los agentes pueden consultar estos datos vía telemática. Sin embargo, nunca viene de más llevarlos para agilizar el trámite en caso necesario.
Otra documentación obligatoria
La documentación que sí es obligatoria llevar es el carnet de conducir, permiso de circulación y ficha técnica o tarjeta ITV junto al último informe de la ITV. Deben ser documentos originales, y no fotocopias, salvo que estén compulsadas y te encuentres dentro del territorio nacional. La sanción por no llevar estos documentos es de 10 euros por unidad al considerarse una infracción de tipo administrativo.
En el caso de que conduzcas un vehículo que no sea de tu propiedad, como un vehículo de alquiler, eres igualmente responsable de llevar toda la documentación en regla.